Si el otro día hablábamos de la nueva Reforma Fiscal y explicábamos algunas de sus novedades, hoy vamos a repasar los trámites necesarios para solicitar la ayudaa a personas con familia numerosa y la ayuda a personas con discapacitados a su cargo (siempre que se trate de hijos o ascendientes). Para ambas ayudas, la cantidad prometida por el Gobierno asciende a un total de 1.200 euros al año y se puede cobrar de forma adelantada mediante mensualidades de 100 euros.
El documento que pone Hacienda a disposición del contribuyente para solicitar la ayuda es el modelo 143, que se puede cumplimentar de forma electrónica a través de las vías habituales, tales como DNI electrónico, certificado digital, etc., o se puede depositar de forma presencial en las oficinas de Hacienda a partir del 3 de febrero. Incluso en el caso de optar por la entrega presencial, el modelo 143 debe ser cumplimentado, descargado e impreso desde la propia web de la Agencia Tributaria.
Hay que recordar que las subvenciones son acumulables, de forma que una familia numerosa que, además, tenga a cargo a una persona con discapacidad, podrá percibir la ayuda de los 1.200 euros por partida doble, es decir, tendrá derecho a una ayuda total de 2.400 euros. En todo caso, si no se solicita el cobro por anticipado, se podrá recuperar el dinero en el momento de la declaración de la renta.
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