El llamado arrendamiento financiero, también conocido como alquiler con derecho a compra, es un contrato en el que la parte arrendadora transfiere un derecho de uso de un bien a la parte arrendataria, a cambio de una contraprestación, que suele ser el pago de las rentas durante un plazo determinado. Cuando finaliza el plazo pactado, el arrendatario puede devolver el bien, comprarlo por un precio previamente acordado, realizar la devolución o renovar el contrato.
Las definiciones, como en este caso y muy a menudo en derecho, pueden ser bastante arduas, pero explican en poco espacio conceptos que a veces son relativamente complejos. Este es el caso del arrendamiento financiero, que tiene varias modalidades, como el factoring, underwriting, franchising, know how, etc. En todo caso, en el artículo de hoy nos vamos a centrar en el más habitual, el leasing.
Como introducción, señalar que el arrendamiento financiero se populariza en los negocios en los años 80 y desde entonces hasta nuestros días se ha popularizado su uso, llegando a ser una figura jurídica habitual incluso en contratos internacionales.
El arrendamiento financiero, al que un sector minoritario de la doctrina ha llegado a clasificar como derecho real, no es en todo caso un contrato típico y debe ser reconducido como figura híbrida o contrato atípico o mixto. En concreto estamos ante la conjunción de un arrendamiento y de una promesa de venta unilateral. Al mismo tiempo, podemos entender que nos encontramos ante una operación financiera, donde el tomador elige los atributos del bien cuyo uso adquiere, sin que la parte que entrega el bien tenga otro interés que recuperar su inversión en forma de capital, al finalizar un plazo en que se produce una determinada amortización económica. Existe incluso la opinión de que en un leasing, más ante que un contrato de arrendamiento, estamos ante un contrato de financiación, ya que el contrato no se centra en el uso de un bien determinado, sino en cómo financiar una explotación (o adquisición) de dicho bien.
En cualquier caso, no es nuestra labor desnudar ahora las características jurídicas del arrendamiento financiero, sino atender a las consecuencias prácticas de suscribir uno.
En este sentido, el arrendador de un leasing tiene la obligación de ofrecer a su cliente la posibilidad de adquirir el bien arrendado al finalizar el contrato. Mientras dure el contrato, el arrendador seguirá siendo el titular del bien en cuestión (habitualmente vehículos, maquinaria, etc.), aunque no responde de vicios, deterioros o pérdidas.
La legislación española, por su parte, no ha sabido adaptarse a los arrendamientos financieros, que están regulados en diversos cuerpos legales, sin una unificación clara, lo que provoca mucha confusión en los operadores comerciales que quieren acceder a esta figura.
Este contrato tiene peculiaridades, y a muchas empresas les choca bastante descubrir que es habitual introducir una cláusula por la que el arrendador puede inspeccionar el bien entregado de forma periódica. Por su parte, el cliente tiene la obligación de pagar el seguro correspondiente.
Además, en caso de existir un incumplimiento por parte del arrendatario, habitualmente el retraso en el abono de la renta, el arrendador puede ejercer las acciones correspondientes para recuperar el bien.
El precio del leasing
Los precios de un leasing se pueden fijar de dos maneras, según se contabilice de manera prioritaria por el coste de depreciación o por el coste del préstamo del dinero. Los factores que entran en juego para calcular el precio
El pago mensual, el valor actual del bien, el valor residual o de opción de compra, la tasa de interés y el número de mensualidades.
Cuando me conviene un Leasing
El leasing es una opción interesante para aquellas empresas o particulares que necesitan un bien en concreto, pero que en ese momento no tengan recursos disponibles para efectuar una compra “estándar”. En estos casos, se contacta con una entidad de leasing para que entregue durante un plazo definido el bien en concreto, a cambio de una cantidad de dinero que se abonará en cuotas periódicas. Esta operación se reflejará formalmente en el contrato de arrendamiento financiero con opción a compra.
Un contrato de leasing no puede ser revocado. Si se ha pactado una duración de cuatro años, no se puede efectuar una devolución pasados tan sólo dos años. Los contratos de leasing son ideales para bienes con una velocidad muy alta de depreciación, como puede ser determinada maquinaria, ordenadores, vehículos profesionales, etc.
Al hablar de leasing, podemos hablar también de renting, una variable bastante usada en el que no se realiza la opción de compra al finalizar el contrato.
Ventajas e inconvenientes del leasing.
- Con el leasing se puede financiar la totalidad de la inversión.
- El cliente mantiene capacidad de endeudamiento.
- Es completamente flexible.
- Tiene ventajas fiscales.
- Facilidad de renovación tecnológica.
- Operaciones rápidas.
Por el contrario,
- Sólo se accede al bien al final del contrato (si se ejerce la opción).
- No permite la devolución del bien.
- Abundantes clausulas penales.
- Coste mayor que otras operaciones de financiación.