Existe la creencia generalizada de que en este supuesto debemos acudir a la clínica concertada de la Mutua de accidentes. Pero no es así, el convenio de asistencia sanitaria deja claro que el lesionado puede escoger entre ser tratado en el centro de la mutua de accidentes o en el concertado con la compañía de seguros del vehículo, sin perjuicio de que los servicios médicos de la mutua supervisen la evolución del lesionado a los efectos de las altas y bajas laborales, que competen a dicha mutua (y sin perjuicio de que las altas laborales puedan ser recurridas)

Y aquí llega la pregunta… Elijo el centro de la mutua o el del seguro del automóvil? Pues en realidad, y por nuestra experiencia de 25 años atendiendo asuntos como abogados especialistas en accidentes de tráfico y laborales en Granada y Jaén, en ambos casos tratarán de darle el alta lo antes posible para ahorrar costes. Se trata de entidades que lo que pretenden en definitiva es tener una buena cuenta de resultados a fin de año, y todo lo que paguen se resta de sus beneficios…  Sólo aconsejaría decantarse por la asistencia prestada por el seguro del automóvil en el caso de que no se conforme con el centro al que lo mande la Mutual laboral y elija uno que no se deje influenciar por las presiones de la compañía de turno para que le den el alta médica.

Si ha sufrido un accidente de tráfico contacte con nuestro despacho, somos abogados especialistas en accidentes. Podemos asesorarle gratuitamente contactando con nuestro despacho en el teléfono 958 63 19 38 o enviando un correo electrónico a info@fcabogados.com exponiendo su caso. Le contestaremos sin coste alguno a la mayor brevedad.

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