Firmar la carta de despido es un trámite complicado para cualquier trabajador, sin embargo, controlar los nervios y las emociones del momento y prestar atención a varios elementos de la firma puede ahorrarnos un disgusto aún mayor en el futuro, sobre todo si la empresa no ha sido todo lo clara que debería con los motivos del despido, los plazos en los que se hace efectivo o las liquidaciones pendientes. En este artículo te explicamos cuál es la información esencial que debe acompañar a la carta de despido y te damos algunos consejos para afrontar el trámite de la firma.
En primer lugar, la carta de despido no puede ser verbal y debe contener, de manera clara y precisa, la fecha efectiva del despido y las causas que lo motivan.
Si esta primera información es correcta (aunque no nos guste), debemos proceder de la siguiente forma:
Comprueba que la fecha de despido que aparece en la carta es la que te han comunicado verbalmente, recuerda que no puedes dejar de ir a trabajar antes de que llegue el momento o podrás complicar tu situación de cara a una futura reclamación.
Pide siempre una copia del documento y guárdala antes de firmar nada, asegúrate que la copia que vas a conservar tú y la que dejas firmada en la empresa son idénticas.
Antes de poner tu nombre o tu firma, escribe en el mismo lugar tanto la fecha en la que has recibido la carta como la fórmula “no conforme”. Es importante hacer esto en primer lugar, por si se da el caso de que te quieran retirar la carta una vez firmada, antes de que puedas escribir nada más.
Cuando, por último, vayas a firmar la carta, pide que te asista un representante de los trabajadores. Si no lo hay o no es de tu confianza, no tengas miedo a utilizar el teléfono y llamar a quién creas que pueda asesorarte, siempre que cuente con conocimientos de derecho laboral.
Los consejos anteriores son igualmente válidos en el caso del finiquito. Hacemos especial hincapié en la necesidad de utilizar la fórmula “no conforme” o “pendiente de revisar cantidades”. En todo caso, es necesario comprobar si se menciona la entrega de alguna cantidad y que realmente esta coincida con el dinero que te entregan en el acto.
Si has realizado todos estos trámites correctamente, a pesar de los nervios del momento, facilitarás enormemente cualquier trámite posterior, tanto si es por la vía de negociación o por la jurisdicción de lo laboral. En Fernández Cuevas Abogados contamos con un departamento especializado en derecho laboral, si has recibido la carta de despido o temes que peligre tu puesto de trabajo, no dudes en consultarnos.